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EDUCADORAS DE INFANTIL
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lunes, 27 de julio de 2009

CONVOCATORIA INDIGNANTE PARA EDUCADORAS DE INFANTIL EN NAVARRA

En el Boletín Oficial de Navarra Nº89.20 de julio de 2009, una administración pública, en este caso el Gobierno de Navarra, patea a la Educación Infantil y a sus profesionales. Resulta totalmente indignates e insultantes los términos utilizados para redactarla, pero más preocupante es la absoluta falta de responsabilidad política y de gestión administrativa. No son exagerados estos terminos y voy a explicar los porqués.
  • Cuando expone los destinos de las plazas ofertadas, hace referencia a los centros educativos como guarderias infantiles, en vez de Escuelas Infantiles tal y como exige el Decreto Foral 28/07 de 26 de marzo que ellos mismos han elaborado. En el que se establece: Artículo 14. Clasificación y denominación. 1. Los centros de primer ciclo de educación infantil se clasifican en públicos y privados. 2. Son centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración pública y se denominarán genéricamente Escuelas Infantiles. Y por otro lado, llegando al comiquismo, malévolo, denominando guardería infantil amanecer, a la Escuela Infantil Egunsenti, por no mencionar una palabra en euskera. Lengua cooficial en Pamplona.
  • La edad de acceso al puesto de trabajo a este puesto la establece en 16 años, en vez de en 18. Es decir: el Gobierno de Navarra permite que las personas encargadas de educar a nuestros pequeños de 0 a 3 años sean menores de edad. Creo que es una clara demostración de irresponsabilidad y de la importacia que dan a la infancia y a su derecho a la educación.
  • El requisito académico exigido a los y las futuras educadoras es "Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes". Es decir ninguno relacionado con la educación, ni tan siquiera con la atención o con la infancia. Insultante y de nuevo irresponsable. En la LOE en el CAPITULO II. Profesorado de las distintas enseñanzas, Artículo 92. Profesorado de educación infantil. Art.1." La atención educativa directa a los niños del primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título de Grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta pedagógica a la que hace referencia el apartado 2 del artículo 14, estarán bajo la responsabilidad de un profesional con el título de Maestro de educación infantil o título de Grado equivalente". Y copiado literalmante este artículo, aparece a su vez en el antes mencionado D.F. 28/07 específico de la E.I. en Navarra. La excusa de todas las Administracones es la coletilla "en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad". El Gobierno ha sido manágnimo con los aspirantes, no tanto con los niños, las familias y las maestras y educadoras, y ha habilitado (desconozco en qué normativa) a todas las formaciones profesionales de segundo grado y a los bachilleres como ·"debida titulación para la atención a las niñas y niñas de estas edades. Ahora podíasmos abrir un interesante debate sobre lo que es la "atención, y sobre si el compromiso la LOE y los Derechos del Niño es de atención o educación.
  • Como me estoy alargando en exceso terminaré diciendo que a todo este insultante planteamiento de nuestros puestos de trabajo, lo acompaña un extensisimo temario de 62 temas, de los cuales 17 son de caracter legal, ironicamente incluye la LOE, la Contitución y el D.F. 28/07. No está mal porque también te exigen saber sobre el losrecursos, el procedimiento administrativo, el estatuto de trabajadores públicos, el Parlamento de Navarra, el Defensor del Pueblo... aspectos tremendamente utiles para el mundo de las educadoras, por todo con lo que nos está tocando lidiar ante tanta desfachez, abuso y acosopor parte de la administraciones. Pero seguramente, no constará en ninguno de ellos que son mecanismos estériles en materia de Educación Infantil. La Admón. Central y los Gobiernos Comunitarios cuando piensan en la etapa de infantil, especialmente en el ciclo 0-3 tienen el cerebro dividido en 2: Elecciones y aumento cuantitativo de plazas. Sin embargo en la plazas para las distintas especialidades de meastros exigen 25 temas y de materia legislativa estan la LOE y los curriculums de la especialidad. ¿Se entiende? debe ser el "humor navarro" que con tanto inglés, modelos britis, modelos TIL... deben estar algo despistados. Yo también con "humor navarro" les canto una jotica "anda y pinchame una venaaaaaaa"
Desde aquí os pido
UNIÓN, FUERZA, MOVILIZACIÓN,
por la infancia, por nuestros hijos e hijas, por nuestros puestos, por la educación


La encolerizadada y colorá
Izaskun Resano
Educadora Infantil de EEIIMM de Pamplona


2 comentarios:

Unknown dijo...

Desde luego, tal y como lo comentas, es para echarse a llorar o para denunciarlo en los tribunales. ¿Se puede pedir menos para "estar" con los niños pequeños? El artículo 92.1. de la LOE es igual de perverso que el 14.7. y que el 15.4.
Este "trío de ases" está desmantelando la educación infantil tal y como se ha ido desarrollando en los últimos veinte años y tal como la soñábamos desde la transición y mucho antes.

EDUCADORAS DE INFANTIL dijo...

Desde luego lo hemos recurrido a título personal muchas personas, hicimos un modelo de recurso y lo hicimos circular. Pero es muy triste el apoyo sindical, solo STEE-ILAS lo ha recurrido, el resto nada. Desde luego, lo que consigamos en la lucha por la educación infantil, será conquistado por nuestro sudor y el sudor de otros agentes sociales directamente relacionados, como familias, alguna asociación...

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